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Liberan a hombres detenidos por homicidio de guardia privado

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Odilón Larios Nava. – Un Juez de Control ordenó la liberación de los dos hombres a los que la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Puebla (SSC) acusó de ser los homicidas del guardia de seguridad privada del OXXO de la colonia Lomas del Tepeyac. El togado determinó que no existían datos de prueba suficientes para vincular a proceso a los imputados y ordenó su inmediata liberación. Además, el Juez ordenó que se investigue por falsedad de declaraciones a los policías que realizaron dicha detención.

Luego de ser liberados, los abogados de Luis David y Maxwell, de 19 y 35 años de edad, respectivamente, convocaron a una rueda de prensa en la que expusieron las irregularidades a las que fueron sometidos por parte de los uniformados municipales. En el caso de Maxwell, quien es originario de Venezuela, incluso acusó señaló haber sido víctima de xenofobia.

Es importante recordar que el guardia de seguridad privada, José Agustín, de 61 años de edad, fue asesinado la tarde del 6 de enero, durante un asalto a la tienda OXXO ubicada en la calle Atlixco esquina con la prolongación de la 11 Sur.

Como resultado de ese hecho delictivo, la policía municipal detuvo a Luis David y a Maxwell, aseguran que únicamente los aprehendieron “por ir en una moto color negro con rojo. Los dos hombres en entrevista aseguraron que la SSC les “sembró” 2 mil pesos, diciendo que era el dinero que supuestamente habían robado de la tienda.

Maxwell mencionó que él se dedica a realizar tatuajes y a reparar motocicletas, que no tiene necesidad de robar, pues con solo realizar un tatuaje gana más que el dinero que supuestamente robó: “Fue algo horrible que yo no le deseo ni a mi peor enemigo. Jamás había estado preso. Nunca he tenido la necesidad de robar o matar a alguien. Les puedo decir que con un tatuaje que hago en diez minutos, me gano lo que dicen que nos robamos. Por el hecho de ser venezolano fui incriminado. Nunca nos dejaron hacer una llamada. Yo quisiera que se haga justicia, que se investigue a los policías que nos detuvieron y a quienes de verdad mataron al señor, al guardia”.

Los abogados defensores lograron reunir datos de prueba que demostraban la inocencia de sus clientes y evidenciaban las falsedades en que incurrieron los policías. Los litigantes señalaron que el hecho delictivo ocurrió alrededor de las 15:50 horas, y que sus clientes salieron de un negocio ubicado en la Prolongación de la 16 de Septiembre entre las 15:55 y 15:57 horas, hecho que quedó grabado por cámaras de seguridad. Eso demostró que no pudieron ser ellos los responsables del crimen, pues se encontraban a 5.1 kilómetros de distancia, es decir a casi 13 minutos de trayecto. Además, presentaron seis testigos que declararon haber estado con los ahora exculpados.

Otro punto crucial para este caso fue que los empleados de la tienda OXXO no reconocieron a Luis David y a Maxwell como los ladrones. De hecho, los empleados de la tienda aseguraron que solo dieron características de los delincuentes a la policía, pero que en ningún momento los identificaron.

  • VERSIÓN OFICIAL DE LA SSC 

Respecto a la liberación de dos personas, ordenada por un Juez de Control en Audiencia de Vinculación a Proceso, quienes fueron detenidas el pasado 6 de enero por elementos de la Policía Municipal de Puebla ante su probable participación en hechos con apariencia de delitos de homicidio y robo, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) del Municipio informa:

Los Primeros Respondientes actuaron conforme a Protocolo Nacional de Actuación y en estricto apego al Sistema de Justicia Penal Acusatorio. En este sentido, se precisa que la detención de las personas imputadas se realizó de conformidad con lo establecido en el Artículo 146, fracción II, inciso b) del Código Nacional de Procedimientos Penales ya que fue mediante el señalamiento directo por parte de una persona que atestiguó los hechos y aportó la información que permitió la detención de los sujetos.

Cabe señalar que, los Primeros Respondientes en todo momento respetaron los Derechos Humanos de las personas detenidas y prevaleció la presunción de inocencia misma que goza toda ciudadana y ciudadano, en tanto no se declare responsabilidad por una autoridad judicial, según lo establece el Artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

En razón de lo anterior, el Primer Respondiente de manera inmediata llevó a cabo la puesta a disposición ante el Agente del Ministerio Público quien, con base en la ley, presentó en tiempo y forma a los sujetos ante el Juez de Control mismo que determinó la legalidad de la detención y retención de los imputados.

Posteriormente, el Juez de Control al ser la única autoridad competente para determinar sobre la procedencia de la vinculación a proceso de un imputado, al existir o no datos de prueba que establezcan la comisión de un delito y la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión, en el presente caso determinó no vincular a proceso y levantar la medida cautelar impuesta.

En caso de iniciarse una investigación contra los Policías Municipales, la dependencia municipal coadyuvará en lo necesario para el pronto esclarecimiento de los hechos.

 

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Muere mujer tras ataque armado en Xochimehuacan

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*Una mujer falleció tras ser baleada en San Pablo Xochimehuacan. Los agresores habrían escapado a bordo de una motocicleta.

Puebla, Pue.Una mujer perdió la vida luego de ser atacada con disparos de arma de fuego en la junta auxiliar de San Pablo Xochimehuacan, en la ciudad de Puebla.

De acuerdo con los primeros reportes, la agresión ocurrió en las inmediaciones de los baños “San Miguel”, donde presuntamente dos personas que se desplazaban a bordo de una motocicleta habrían participado en el ataque.

Tras los hechos, la víctima fue auxiliada por cuerpos de emergencia y trasladada a un hospital para recibir atención médica especializada; sin embargo, debido a la gravedad de las lesiones, falleció durante el trayecto.

Elementos de seguridad pública acudieron al lugar para resguardar la zona, mientras que las autoridades ministeriales iniciaron las diligencias correspondientes para esclarecer el caso e identificar a los responsables.

Hasta el momento no se ha informado sobre personas detenidas ni sobre el móvil de la agresión.

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IMSS Puebla impulsa maratón de donación de sangre

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*El IMSS Puebla invita a participar en el Segundo Maratón de Donación de Sangre Altruista del 1 al 5 de junio en el Hospital de Traumatología.

Puebla, Pue.- Durante una entrevista en el noticiario Buenos Días, el patólogo clínico del IMSS Puebla, Juan Carlos Sánchez Serrano, hizo un llamado a la ciudadanía para sumarse al Segundo Maratón de Donación de Sangre Altruista Extiende tus brazos por México”, que se lleva a cabo del 1 al 5 de junio.

El especialista destacó la importancia de fomentar la donación voluntaria y reiteró que una sola unidad de sangre puede beneficiar hasta a tres pacientes que requieren transfusiones por cirugías, accidentes, tratamientos oncológicos u otras emergencias médicas.

Las personas interesadas en participar pueden acudir al Centro de Colecta de Sangre del Hospital de Traumatología y Ortopedia del IMSS, ubicado sobre la Diagonal Defensores de la República, en un horario de 7:30 a 10:00 horas.

Juan Carlos Sánchez Serrano explicó que la donación altruista es fundamental para mantener abastecidos los bancos de sangre y garantizar la atención oportuna de pacientes que dependen de este recurso para salvar o mejorar su calidad de vida.

Asimismo, invitó a quienes cumplan con los requisitos de salud a sumarse a esta campaña solidaria, recordando que donar sangre es un acto sencillo que puede marcar la diferencia para varias personas.

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Absuelven a Julio Ibáñez y Daniel García en Sudáfrica

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*Los periodistas mexicanos permanecieron 77 días sujetos a un proceso judicial derivado del uso de un dron durante una cobertura rumbo al Mundial 2026.

Puebla, Pue.- Luego de más de dos meses enfrentando un proceso judicial en Sudáfrica, el reportero de TUDN Julio “Profe” Ibáñez y el camarógrafo Daniel García fueron declarados inocentes de los delitos de espionaje y terrorismo que les imputaban las autoridades de ese país.

La decisión fue emitida por un tribunal de Johannesburgo, que concluyó que no existían pruebas suficientes para sostener las acusaciones. Tras el fallo, ambos mexicanos recuperaron sus documentos de viaje y quedaron en posibilidad de regresar a México. Como parte de la resolución, deberán cubrir una sanción económica de carácter administrativo y tendrán restricciones para ingresar nuevamente a territorio sudafricano durante un tiempo determinado.

El origen de la detención

Los hechos ocurrieron el 18 de marzo de 2026, cuando los comunicadores realizaban una cobertura relacionada con la selección sudafricana, rival de México en el partido inaugural de la Copa del Mundo 2026. Durante la grabación utilizaron un dron para obtener imágenes aéreas, pero el dispositivo habría sobrevolado un área considerada restringida por las autoridades locales.

Tras el incidente, ambos fueron detenidos y puestos a disposición de la justicia. Aunque en un principio se habló de posibles irregularidades migratorias, la investigación avanzó hasta incluir señalamientos por presunto espionaje y actividades relacionadas con la seguridad nacional.

Más de dos meses bajo proceso judicial

Después de pasar varios días en prisión, Ibáñez y García obtuvieron la libertad bajo fianza; sin embargo, permanecieron en Sudáfrica bajo estrictas medidas judiciales mientras continuaban las audiencias del caso.

Con el paso de las semanas, la defensa logró desacreditar las acusaciones más severas, argumentando que el incidente se derivó de un error durante el uso del dron y no de una intención de obtener información sensible.

Finalmente, tras 77 días de restricciones legales y judiciales, el tribunal determinó absolverlos, permitiéndoles concluir el proceso y regresar a México, poniendo fin a un caso que atrajo la atención de medios deportivos y organizaciones periodísticas a nivel internacional.

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