Nacional
Violencia económica del hombre puede motivar término de matrimonio: SCJN
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la violencia económica del varón sobre su esposa puede dar lugar a que cese la sociedad conyugal.
La Primera Sala de la SCJN estableció que la interpretación del Artículo 196 del Código Civil de la Ciudad de México da lugar a compatibilizarlo con el principio de igualdad para evitar situaciones discriminatorias contra las mujeres por violencia económica o patrimonial, y que considere un supuesto adicional para el cese de los efectos de la sociedad conyugal.
En la sentencia se da una respuesta jurisdiccional que pretende visibilizar aquellos fenómenos de violencia económica o patrimonial que aquejan a la mujer en el seno de su familia y que la subyugan, incluso al menoscabo de sus ingresos y del haber común constituido mediante la sociedad conyugal.
En la sesión de este miércoles también se estimó que al elaborarse la norma no se consideraron situaciones que podrían dar lugar a la violencia de género, que constituye una forma de discriminación al impedir el goce del derecho a la igualdad y el de vivir una vida libre de violencia.
Ello porque no se contemplaron ciertas circunstancias de desventaja y vulnerabilidad que sufren las mujeres, por ejemplo las que desarrollan “doble jornada”.
Tampoco se advirtieron escenarios familiares donde se desarrolla particularmente la violencia económica, en los que el agresor afecta la capacidad financiera de la víctima y le arrebata el derecho a tomar decisiones en cuanto a su economía y el destino de los recursos que obtiene en lo particular.
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Sentencian a influencer Fer Italia a 20 años
*El influencer Fer Italia fue condenado a 20 años de prisión en el Estado de México por el delito de violación en agravio de una menor.
Nacional.– Luis Fernando Padilla Manzo, conocido en redes sociales comoFer Italia, fue sentenciado a 20 años de prisión por un juez en el Estado de México, tras ser declarado culpable del delito de violación en contra de una adolescente.
De acuerdo con las autoridades, la condena deriva de dos agresiones ocurridas en 2024, por las cuales se le impusieron 10 años de prisión por cada caso. La investigación fue realizada por la Fiscalía estatal, que logró reunir pruebas suficientes para acreditar su responsabilidad.
El primer hecho se registró el 11 de enero de 2024 en un domicilio ubicado en Huixquilucan, donde presuntamente engañó a la víctima para trasladarla al lugar. El segundo ocurrió el 22 de marzo del mismo año, cuando la amenazó con difundir material íntimo para obligarla a acudir nuevamente, donde se habría cometido otra agresión.
Tras la denuncia, el Ministerio Público obtuvo una orden de aprehensión ejecutada el 28 de agosto de 2025. Desde entonces, el acusado permanecía en el Centro Penitenciario “Juan Fernández Albarrán”, en Tlalnepantla, hasta que se dictó la sentencia definitiva.
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