Internacional
Pierde batalla legal Carolina Herrera por el uso de nombre
Empresaria en Perú, hizo valer la ley para poder usar su apellido
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha dado un fallo favorable a la empresaria peruana Carolina Herrera, quien enfrentó a la reconocida marca de ropa que lleva el mismo nombre por el uso de su apellido en su emprendimiento “La Jabonera by María Herrera”.
Se impone “La Jabonera” a la exclusiva ropa
La marca de ropa sostenía que el uso del apellido “Herrera” pertenecía exclusivamente a ellos, argumentando que su empleo en el negocio de la empresaria podría causar confusión entre los consumidores.

Carolina Herrera (Venezuela)
Carolina Herrera, quien tiene el derecho legítimo de usar su propio nombre tal como lo muestra su documento de identidad, argumentó que “Herrera” es un apellido común en Perú y no debe ser exclusivo de una marca comercial.
Tras un juicio que se extendió por dos años, el INDECOPI concluyó que el apellido “Herrera” no podía ser monopolizado y falló a favor de la empresaria.

Carolina Herrera (Perú)
El proceso no fue fácil. Inicialmente, Carolina pensó en desistir debido a la presión del largo litigio.
Sin embargo, fue su hijo quien la motivó a seguir adelante, creyendo firmemente en su derecho de usar su propio apellido. Ahora, tras la victoria, Carolina Herrera puede continuar usando su nombre en su emprendimiento sin restricciones.
– Detalles del caso:
– La marca de ropa Carolina Herrera demandó a la empresaria por el uso del apellido.
– El *INDECOPI falló a favor de la empresaria, destacando que “Herrera” es un término común y no exclusivo.
– La batalla legal se extendió por dos años, con múltiples altibajos y momentos de incertidumbre.
Este fallo marca un precedente importante para los derechos de los ciudadanos a utilizar sus propios nombres y apellidos en sus negocios, reafirmando que las marcas comerciales no pueden monopolizar términos de uso común.
Entretenimiento
Sancionan a trabajador por difundir imágenes de Chichén Itzá
*El video mostró espacios y vestigios de acceso restringido, como el Trono del Jaguar Rojo, y reavivó el debate sobre el patrimonio.
Yucatán.— Autoridades culturales sancionaron a un trabajador de la zona arqueológica de Chichén Itzá luego de que difundiera en redes sociales un video con imágenes inéditas del interior de la pirámide de El Castillo, espacios cuyo acceso está estrictamente restringido al público.
El material, que rápidamente se viralizó, mostró pasillos internos y vestigios prehispánicos que rara vez han sido documentados, entre ellos el Chac Mool y el Trono del Jaguar Rojo, piezas de alto valor histórico y simbólico para la cultura maya. La difusión generó interés entre usuarios, pero también una fuerte polémica sobre la protección del patrimonio cultural en México.
De acuerdo con información oficial, la grabación fue realizada sin autorización y a título personal, lo que constituye una violación a la normativa que regula el resguardo de monumentos arqueológicos. El trabajador infringió disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, así como artículos de su reglamento.
La Dirección de la Zona Arqueológica de Chichén Itzá, junto con el Gran Museo y el Centro de Atención a Visitantes (CATVI), confirmó que se aplicaron medidas administrativas en contra del custodio, aunque no se detalló el tipo de sanción, señalando que el proceso se realizó respetando sus derechos laborales.
Las autoridades recordaron que el acceso al interior de El Castillo está limitado exclusivamente a personal autorizado, como parte de las acciones para preservar la integridad estructural y cultural del monumento, considerado una de las Siete Maravillas del Mundo Moderno.
El caso reavivó el debate público sobre hasta dónde debe llegar la difusión de contenidos históricos en plataformas digitales y la responsabilidad de quienes tienen acceso privilegiado a espacios considerados patrimonio de la nación.
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*Las medidas impactan a estudiantes internacionales y a familiares de ciudadanos estadounidenses, bajo el argumento de seguridad nacional.
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