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Corte invalida suspensión indefinida de licencias prevista en Código Penal de Puebla

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una parte de un artículo del Código Penal de Puebla que preveía la “cancelación indefinida” de la licencia de conducir a quien incurra en el delito de imprudencia, que derive en homicidio o lesiones.

Según el Código, la sanción se actualiza si el sancionado conducía en estado de embriaguez o bajo efecto de enervantes, o si se diera a la fuga o abandonara el lugar del accidente .

Los ministros del tribunal constitucional establecieron que dicha porción violaba el principio de exacta aplicación de la ley, al no prever el límite mínimo ni máximo temporal respecto a la sanción impuesta.

En sesión pública de este martes, los ministros precisaron que, en acatamiento al principio de aplicación precisa o exacta de la ley en materia penal, cualquier pena que se imponga por la comisión de un delito debe estar incluida en la Ley.

Además, debe señalarse con precisión tanto la conducta ilícita como la duración de la sanción que corresponda.

Por extensión, el Pleno invalidó la parte de esta disposición donde se establecía como pena la cancelación de la mencionada licencia, pues de persistir, podría dar lugar a que en todos los casos los jueces aplicaran dicha sanción, la cual no admite gradualidad.

Los ministros precisaron que la norma invalidada ya fue reformada en dos ocasiones, en los que se estableció que la suspensión de la licencia para conducir automotores tendrá una duración de 1 a 10 años.

Sin embargo, dijeron la determinación de la Suprema Corte tendrá efectos en relación al texto que estuvo vigente desde la entrada en vigor de la reforma publicada el 21 de septiembre de 2016 y hasta antes de que adquiriera vigencia la reforma del 31 de marzo de 2017.

La determinación se tomó al resolver la acción de inconstitucionalidad 88/2016, promovida por la PGR, ahora Fiscalía General, demandando la invalidez del artículo 85 Bis, párrafo segundo, del Código Penal de Puebla, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 20 de septiembre de 2016.

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Arena Puebla retomará funciones dobles desde julio

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*La Arena Puebla anunció el regreso de las funciones de lucha libre los jueves a partir del 2 de julio, sumándose a los tradicionales lunes.

 

Puebla, Pue.- Cientos de aficionados a la lucha libre se dieron cita este lunes en la Arena Puebla para disfrutar de una nueva función del Consejo Mundial de Lucha Libre (CMLL), en una jornada que estuvo marcada por un importante anuncio para los seguidores de este deporte espectáculo.

El histórico recinto poblano informó que, a partir del próximo 2 de julio, retomará las funciones de lucha libre los días jueves, además de mantener sus tradicionales carteleras de los lunes por la noche. Con ello, la Arena Puebla volverá a contar con dos funciones semanales, algo que no ocurría desde hace casi 30 años.

La decisión forma parte de una estrategia del CMLL para ampliar su oferta durante la temporada de verano y el Mundial futbolistico màs importante, periodo en el que la empresa realizará eventos en distintas sedes prácticamente todos los días de la semana.

Los boletos para la primera función de jueves ya fueron puestos a la venta y el evento está programado para el 2 de julio a las 20:00 horas en la Arena Puebla. 

Conocida como “El Templo del Dolor”, la Arena Puebla fue inaugurada en 1953 y se ha consolidado como uno de los escenarios más emblemáticos de la lucha libre mexicana, siendo sede de los tradicionales “Lunes Clásicos” del CMLL. 

La afición poblana ha respondido de manera positiva a las funciones del recinto, que en diversas ocasiones durante 2026 ha registrado llenos totales, consolidándose como una de las plazas más importantes para la empresa luchística. 

Con el regreso de las funciones de jueves, Puebla recupera una tradición que marcó una época para los seguidores de la lucha libre y fortalece su posición como una de las principales sedes del pancracio nacional.

 

 

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Vinculan a proceso a profesor acusado de abuso en Ecatepec

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*Un juez del Estado de México vinculó a proceso a un docente de secundaria investigado por presunto abuso sexual contra una alumna en Ecatepec; permanecerá en prisión preventiva.

 

Puebla, Pue.-Un juez del Estado de México vinculó a proceso a Víctor Iván “N”, profesor de una escuela secundaria en Ecatepec, por su presunta responsabilidad en el delito de abuso sexual en agravio de una alumna menor de edad.

De acuerdo con la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), el docente fue detenido tras una investigación derivada de la denuncia presentada por la víctima y sus familiares. Durante la audiencia, la autoridad judicial determinó que existen elementos suficientes para que el imputado enfrente el proceso penal.

Como medida cautelar, el juez ordenó prisión preventiva justificada, por lo que el acusado permanecerá recluido mientras continúan las investigaciones. Asimismo, se estableció un plazo para el cierre de la investigación complementaria.

Las indagatorias señalan que los hechos habrían ocurrido cuando la menor era estudiante de la institución educativa donde laboraba el ahora procesado. La Fiscalía informó que el caso forma parte de las acciones emprendidas para combatir los delitos que afectan a niñas, niños y adolescentes en la entidad.

El imputado fue ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Chiconautla, donde permanecerá a disposición de la autoridad judicial. Cabe recordar que, conforme al principio de presunción de inocencia, será considerado inocente hasta que exista una sentencia condenatoria emitida por un tribunal.

El caso ha generado atención pública y reacciones entre padres de familia y miembros de la comunidad escolar, quienes han solicitado que las investigaciones se desarrollen con transparencia y se garantice la protección de la víctima.

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Condenan a modelo de OnlyFans por muerte de un cliente

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*Una creadora de contenido para adultos recibió cuatro años de prisión tras declararse culpable por la muerte de un hombre durante una sesión privada en California.

Internacional.- Una creadora de contenido para adultos fue sentenciada a cuatro años de prisión en California tras declararse culpable por la muerte de un cliente ocurrida durante una sesión privada relacionada con prácticas fetichistas.

La condenada, Michaela Rylaarsdam, reconoció su responsabilidad en el caso después de que un hombre falleciera por asfixia durante un encuentro que había sido acordado previamente entre ambas partes.

Según las investigaciones, la víctima había pagado más de 11 mil dólares para participar en una experiencia que incluía prácticas extremas. Sin embargo, durante el desarrollo de la sesión la situación se salió de control y el hombre perdió la vida debido a la falta de oxígeno.

El caso llamó la atención de las autoridades y de la opinión pública porque puso sobre la mesa el debate sobre los límites del consentimiento en actividades de riesgo. Especialistas legales señalaron que, aun cuando exista un acuerdo previo entre adultos, la ley puede considerar responsables a quienes provoquen daños graves o la muerte de otra persona.

La sentencia se dictó luego de que la acusada llegara a un acuerdo con la fiscalía y aceptara cargos relacionados con homicidio involuntario. El caso ha generado discusión sobre la regulación de ciertas prácticas extremas y las responsabilidades legales derivadas de ellas.

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