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Por salud la Suprema Corte sugiere que haya convivencia electrónica
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia a partir de la cual es posible autorizar la suspensión de la convivencia presencial de los hijos con sus madres o padres por motivo de la pandemia de covid-19.
La primera sala de la Corte generó el criterio que ofrece a la madre o padre que no tiene la custodia de su hija o hijo la posibilidad de convivir con ellos a través de la vía electrónica y a distancia.
La medida busca proteger el derecho a la salud y a la vida de los niños y las niñas en un contexto de pandemia, así como evitar que haya un daño en el lazo familiar que une a los menores con sus progenitores.
La aplicación de este criterio jurisprudencial servirá para aquellos casos en donde las decisiones judiciales de carácter familiar –emitidas antes de que surgiera la pandemia y que ordenaban un régimen de convivencia presencial entre hijos y padres que no poseen la custodia de los menores– tengan la oportunidad de convivir con ellos sin afectar los derechos humanos de ambas partes.
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Detalles y logística del evento
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Fecha de realización: Domingo 23 de agosto de 2026.
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Sede y punto de salida: Parque Intermunicipal de San Andrés Cholula.
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Distancias: Recorridos de 3, 5 y 10 kilómetros.
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Aforo esperado: Asistencia de más de 2,000 corredoras y corredores.
Impulso al deporte local
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Red descentralizada en 31 microrregiones
Servicios integrales y procuración de justicia
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Atención y protección: Más de 200 mil servicios integrales brindados, 30 mil personas atendidas directamente por la FGE y la emisión de más de 8 mil 400 medidas de protección.
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Capacitación e inserción: Más de 90 mil acciones de empoderamiento, registrando la participación de 110 mil mujeres en 7 mil talleres.
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Refugio temporal: Resguardo seguro y protección a cerca de 800 personas, incluyendo a mujeres y a sus hijas e hijos en situación de riesgo.
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